Almansa, decretos de nueva planta y reacción valenciana

Per José Vicente Gómez Bayarri

En el año 2007 se conmemora el tercer centenario de la Batalla de Almansa y de la promulgación de los Decretos de Nueva Planta para el histórico Reino de Valencia. Efeméride que servirá para que evoquemos lo que supuso el proceso de centralización, se analice las reacciones que se suscitaron en ciertas clases sociales y se valore cómo afectaron a los valencianos las disposiciones dictadas.

El testamento de Carlos II nombraba sucesor al trono español a Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV de Francia. La instalación en el trono de España de un Borbón no era bien visto por diversas cancillerías europeas que se oponían a esta designación y a la formación de un bloque hispano-francés. Este hecho provocó que ciertas potencias europeas constituyeran una alianza y apoyaran la candidatura del archiduque Carlos de Austria. El desenlace a esta cuestión dinástica desencadenó la “Guerra de Sucesión a la Corona de España”, y en el territorio valenciano al enfrentamiento de las tropas de los dos aspirantes en la “Batalla de Almansa”, que tuvo lugar el 25 de abril de 1707. Los partidarios de Felipe V fueron llamados “botiflers” y los del archiduque Carlos “maulets”.

La pugna tenía una clara connotación política: la Casa de Austria representaba un imperialismo descentralizador y la Casa de los Borbones un absolutismo centralizador.

El posicionamiento de los valencianos a favor del aspirante austracista indujo a Felipe V, una vez entronizado, a promulgar los “Decretos de Nueva Planta” para el Reino de Valencia que supusieron la derogación de los fueros e instituciones propias. Consecuentemente, se procedió a la disolución del Consejo General, se suspendió la aplicación del derecho foral valenciano y se constituyeron ayuntamientos según modelo castellano. Estos hechos significaron un proceso de “desvalencianización del Reino” en los aspectos políticos, jurídicos, socioculturales y sociolingüísticos. Paulatinamente el idioma de Castilla fue reemplazando a la lengua valenciana en todos los actos de la vida oficial. El nuevo Monarca lo justificó por derecho de conquista, como se deduce del contenido del Decreto firmado por Felipe V en Buen Retiro, el 29 de junio de 1707, que recoge la “Derogación de los fueros de Valencia”.

El texto del Decreto dictado contiene, entre otras, estas determinantes cláusulas:

(...) Considerando haber perdido los Reynos de Aragón y Valencia y todos sus habitadores por la rebelión que cometieron, faltando enteramente al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban, y que con tal liberal mano se les habían concedido, así por mí como por los Señores Reyes mis predecesores, particularizándolos en esto de los demás Reynos de esta Corona; y tocándome el dominio absoluto de los referidos Reynos de Aragón y de Valencia, pues a la circunstancia de ser comprenhendidos en los demás que tan legítimamente poseo en esta Monarquía, se añade ahora la del justo derecho de la conquista que de ellos han hecho últimamente mis Armas con el motivo de su rebelión; y considerando también, que uno de los principales atributos de la Soberanía es la imposición y derogación de leyes, las quales con la variedad de los tiempos y mudanzas de costumbres podría yo alterar, aún sin los graves y fundados motivos y circunstancias que hoy concurren para ello en lo tocante a los de Aragón y Valencia;

(...) he juzgado por conveniente (así por éste como por mi deseo de reducir todos mis Reynos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y Tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla tan loables y plausibles en todo el Universo) abolir y derogar enteramente, como desde luego doy por abolidas y derogadas, todos los referidos fueros, privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos Reynos de Aragón y Valencia; siendo mi voluntad, que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla, y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y ha tenido en ella y en sus Tribunales sin diferencia alguna en nada.

La ciudad de Xátiva que se obstinó en resistir fue incendiada el 19 de junio de 1707 por las tropas borbónicas y posteriormente se procedió a cambiarle el nombre por el de San Felipe.

Las estipulaciones expuestas en el Decreto y los desastres del conflicto dieron origen al aforismo: “Quan el mal ve d’Almansa a tots alcança”, que refleja el sentimiento de la pérdida colectiva de nuestras instituciones forales y del derecho de autogobierno.

Además una serie de Órdenes y Decretos emanados del poder central tuvieron como objetivo esencial la uniformidad y castellanización del Estado. Su estructura se semejará cada vez más a un Estado unitario.

Las consecuencias y reacciones originadas no se hicieron esperar. De nada, sirvieron las respetuosas súplicas del pueblo valenciano que veía perdidas las libertades forales instituidas por el rey Jaime I.

La actuación de muchos regidores valencianos, prestos a cumplir estrictamente las órdenes emanadas del poder borbónico, coadyuvó a conseguir los objetivos marcados por el poder central.

No todo fueron parabienes para la política centralista impuesta por los Borbones, ni siempre los gobernantes fueron ejemplos de virtudes, lo que originó que el pueblo llano manifestase su descontento acudiendo, en ocasiones, a la sátira política para denunciar la actuación de ciertos personajes corruptos en el desempeño de su función gubernativa. Las manifestaciones de descontento tuvieron su vía de expresión en pasquines, folletos, gacetillas. Se llegó a afirmar: “En España (...) empiezan el oficio pobre y en breve tiempo se hacen ricos. A Valencia vienen sin ropa y en pocos días abundan de dinero, familia y conveniencias”.

Con motivo de la proclamación de Fernando VI (1746) se prohibió que se cantaran cantinelas y coplas injuriosas, y que se publicasen “papeles infamatorios (...) contra personas de carácter y empleos públicos”.

Fueron años en que la situación política fue propicia a la inspiración de la denominada literatura popular clandestina, poniendo de manifiesto el malestar reinante en parte del pueblo llano y de cierta intelectualidad. Esta sátira burlesca, paródica y sarcástica abordó temas clásicos del mal gobierno: el fraude, el enriquecimiento ilícito, la violencia, etc. Otras cuestiones muy criticadas en la Valencia del s. XVIII fueron los impuestos, el servicio militar, el poder de ciertos jefes del ejército, la arbitrariedad administrativa, etc., muy extendidas en el nuevo régimen político borbónico.

El historiador decimonónico Vicente Boix, al estudiar los fueros del antiguo reino de Valencia, se interrogó ¿Qué resta ya del antiguo régimen foral del reino de Valencia? La respuesta fue patética: “El tribunal de los Acequieros, o de las aguas; algunas costumbres populares; restos de trages (sic) en nuestros labradores, y nada más. Todo ha ido desapareciendo desde que Felipe V abolió despóticamente la libertad de Valencia”. Para dicho cronista de la ciudad de Valencia “leyes, costumbres, tradiciones, dignidad, independencia; todo ha desaparecido en el fondo de esa laguna, llamada centralización”.

Esta nueva coyuntura se caracterizó por la integración en la unidad española y, consecuentemente, por el carácter heterónomo del Reino, iniciado por los virreyes de los Austrias y acentuado por los gobernadores borbónicos. El pueblo llano, a quien no afectó tan directamente el proceso de culturización centralista de la Corte, siguió manteniendo, de manera arraigada, su conciencia de valencianidad.

A pesar del proceso de “desvalencianización”, en una primera etapa, hubo letrados que continuaron actuando en valenciano, causando no poco trastorno a la aluvión de personajes castellanos llegados para ocupar cargos en Valencia, como se refleja el texto de la siguiente “Real Cédula” de la administración de justicia.

(...) en atención a que los pleytos son actuados en lengua valenciana, que por lo regular no entienden los relatores de Castilla, y es razón que se imponga bien en la substancia y términos de ellos, se acuerda y manda: que siempre que suceda de entregarse pleytos actuales en lengua valenciana a relator castellano, haya de conferirse éste y concertarse con uno de los relatores valencianos que nombrará la sala.

Diversos documentos de distinta índole son testimonios clarividentes del proceso de despersonalización idiomática que sufrió el pueblo valenciano.

Las fuertes discriminaciones y marginación política que soportaron los territorios de la Corona de Aragón, indujo a redactar en 1760 la “Representación hecha por los Diputados de la Corona de Aragón al rey don Carlos III” que era un verdadero “Memorial de Agravios” en las diversas facetas legales, políticas, económicas, jurisdiccionales, eclesiásticas y lingüísticas; deduciéndose de las manifestaciones allí constatadas que se estaba consumando la asimilación institucional y sociocultural de las entidades políticas que configuraban dicha Corona.

Los diputados expusieron con respeto pero con claridad y contundencia los males y quejas que afectaban a su territorio, haciendo una crítica de la política centralizadora del Monarca en todos los aspectos; desde el nombramiento de cargos públicos a las dificultades que representaban para los castellanos el estricto cumplimiento de sus funciones públicas por la peculiar condicionante idiomática de los habitantes de estas tierras.

La “cuestión lingüística” y la singular aplicación del derecho foral se reflejaron al justificar la conveniencia de que los negocios, la justicia y el gobierno, los ejercieran los naturales de cada Reino.

Los Ministros de aquellas quatro Audiencias, y del Supremo Consejo de Aragón, a más de que entendían perfectamente su lengua nativa habiendo ascendido por los pasos, que hemos dicho podrán tener la práctica instrucción, que se requería para la pronta y acertada expedición de los negocios de Justicia y govierno.

Otra razón de peso que arguyeron los diputados se refiere al ejercicio activo del magisterio eclesiástico y a la conveniencia de expresarse en la lengua de sus feligreses, para que su labor fuera eficaz, con lo cual, una vez más, expresan su preocupación por la singularidad del idioma que emplean.

¡ Quanto convendría que los Obispos así en las Indias, como en España, no teniendo el don de Lenguas, que hicieron los Apóstoles hablaran la Lengua de sus Feligreses (...)!.Quantas veces insta la necesidad de que una pobre Mujer explique su aflicción y se confiese con su propio Obispo?. Y ha de sufrir el rubor y la pena de hablarle por Intérprete.

No obstante, la presentación del “Memorial” de los disputados de las demarcaciones territoriales de la Corona de Aragón no surtió efecto y sus reivindicaciones o consideraciones fueron desoídas.

Si en el Siglo de las Luces (s. XVIII) se produjo un proceso de castellanización; actualmente en el siglo XXI ciertos organismos e instituciones están fomentando un proceso similar pero de catalanización que pretende desvirtuar el corpus léxico de nuestra lengua valenciana.

Valencia, 25 de marzo de 2007

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Hay unanimidad en los autores valencianos de los siglos XIV, XV y XVI en llamar valenciana a su lengua
Simó Santonja

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