Pros y contras en el proyecto de Estatuto

Per José María Adán García

El proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana mantiene nuestras señas de identidad y como más significativa nuestra lengua. Reconoce el carácter de nacionalidad histórica, haciendo así honor a nuestra historia y limitando posibles intentos de predominios ajenos. Potencia el reconocimiento y desarrollo de nuestro derecho foral. Establece la participación valenciana en la acción exterior del Estado. Consagra la facultad del presidente de disolver la cámara y convocar elecciones, con lo que se equipara a las competencias de las autonomías históricas. Amplía las competencias del autogobierno del Gobierno Valenciano, entre ellas el derecho al agua de calidad y aprovechamiento de los excedentes de otras cuencas, lo cual ha sido roto demagógicamente por la derogación del Plan Hidrológico Nacional, que constituye la ruptura de la solidaridad y la cohesión territorial de España. Propugna el reconocimiento de los derechos sociales de los valencianos. Sobre todo, resalta su propósito de mantener la solidaridad y lealtad institucional, de acuerdo con la Constitución. Además, se ha logrado mediante consenso entre los dos partidos nacionales, que ojalá se aplicara en otros temas de Estado.

Sin embargo, el proyecto de Estatuto tiene también sus contradicciones.

Si toda reforma estatutaria se ha de hacer dentro del marco constitucional y el gobierno bajo el inadmisible chantaje de las minorías separatistas, pretende renovar la Carta Magna, lo lógico es primero actualizar el marco y después desarrollar los Estatutos. Lo contrario es un disparate del que se puede prever consecuencias desintegradotas.

También debemos decir con rotundidad, que no existe demanda social para modificar los Estatutos. Preocupa la apabullante inmigración ilegal, que, por las avalanchas que continúan llegando, se ha incrementado con la llamada regularización. Preocupa el paro creciente, disimulado por la incorporación de los regularizados, como el carácter temporal de los empleos. Preocupa el terrorismo y yo diría que más aún que la violencia el separatismo. Preocupa la sequía por la supresión del Plan Hidrológico Nacional. Preocupa el disparate económico de la moratoria nuclear que está dejando a España sin la energía necesaria para su progreso. Preocupa el futuro de la pensiones de la Seguridad Social, utilizando sus excedentes temporales para el equilibrio de los presupuestos del Estado. Preocupa la corrupción y la ocupación de los resortes de la función pública por los afines de los partidos. Preocupan en Valencia y Navarra los intentos de anexión por otras comunidades ajenas. Preocupan a sectores mayoritarios de la sociedad los reiterados intentos de destruir los valores religiosos y nacionales. En ningún caso aparece la modificación de los estatutos.

Las modificaciones estatutarias surgen así, como un instrumento exigido por las minorías secesionistas, de avanzar en sus objetivos. Dado el efecto dominó, nos apresuramos todos a modificar los Estatutos. Bajo esta consigna inaudita, yo más que tú, llegamos hasta el extremo de incluir como principio que “si otro consigue más, yo también lo exigiré”. Nadie piensa en el estatuto del Estado y en la necesidad de mantener y potenciar sus competencias exclusivas y mínimas, si, pero intangibles si es que queremos seguir siendo una nación.

El Estatuto valenciano, aunque pretendidamente constitucionalista, no ha podido – nadie puede – substraerse a esa carrera competitiva.

No es de extrañar que se suprima la palabra indivisible que se contenía en el artículo I del vigente Estatuto al referirse a la “unidad de la nación española”, coherentemente con el artículo II de la Constitución. Este hecho supone no sólo un cambio estatutario, sino una modificación fundamental de la Constitución, coincide con la tendencia a incluir en algunos Estatutos la condición de nación, lo que es el paso previo para reclamar un Estado propio.

Se ignora al español como idioma propio de la Comunidad Valenciana, cuando más de 2/3 de su territorio y el 65% de su población lo tienen como tal desde sus orígenes. No se trata de un idioma importado o impuesto, sino originario con la misma antigüedad y raíces que el valenciano. Los castellanohablantes se sienten discriminados al negar su identidad, lo que sin duda será motivo de imposiciones y enfrentamientos contrarios a la libertad.

En esta misma dirección se sitúa el reconocimiento estatutario de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, cuya normativa lingüística “será de aplicación obligatoria a todas las Administraciones públicas de la Comunidad Valenciana”. Todos sabemos que, por un inexplicable contubernio, está constituida por una mayoría catalanista, que no intenta potenciar nuestra lengua, sino homologarla a la catalana. Blindarla estatutariamente es consolidar ese propósito, lo cual además de ser contradictorio con nuestras señas de identidad, es contrario al sentir mayoritariamente democrático del pueblo Valenciano.

La “garantía” de los “derechos y la atención social a los inmigrantes con residencia en la Comunidad Valenciana”, ¿se refiere a todos los que residan sean legales o ilegales? Entonces el efecto llamada será sonado.

No es concebible que entre las competencias exclusivas se incluyan las de orden público y protección civil, pues son funciones que por sentido común y por precepto constitucional corresponden al Estado, que no puede renunciar a ellas. Consecuentemente la presidencia de la Junta de Seguridad ha de corresponder a quien tiene las máximas competencias y responsabilidades, que es el delegado del Gobierno o la autoridad militar.

Más disparatada me parece la tendencia a multiplicar la proyección exterior de España. Estoy de acuerdo con que las comunidades autónomas “participen en la política exterior en aquellos temas que específicamente las afecten y formen parte, en el comité de regiones y otros organismos específicos”. Esta participación se ha de hacer a través del Estado y no independientemente por cada una de las comunidades. Lo contrario no sólo rompe la necesaria proyección exterior, sino que siembra la confrontación, el abandono de los intereses nacionales y la inoperancia. ¿No es absurdo, a simple vista, que existan en Bruselas o en otros países 17 oficinas distintas representando los intereses de España?

También en otros aspectos podríamos hacer consideraciones semejantes, que son consecuencia de la pugna, artificial e irresponsablemente promovida por el Gobierno de ser más y despojar al Estado de sus competencias.

Esto es aún más significativo si nos referimos a otros aspectos fundamentales. Me refiero a la unidad fiscal, la unidad de prestaciones sociales y la unidad judicial.

No se puede romper la unidad fiscal, ni crear 17 servicios tributarios, que terminen por intervenir en la gestión de los impuestos nacionales y tiendan a implantar unas cargas fiscales diferentes para la ciudadanía, por razón de su domicilio en una u otra comunidad. Parecidas consideraciones pueden hacerse con la pretensión de asumir “la ordenación del crédito, banca y seguros”, pues en una economía de libre mercado la unidad de ese mercado, y de forma especial la del tráfico financiero, no puede técnica, ni políticamente fracturarse, sin graves consecuencias. Lo contrario contradice no solo una exigencia básica de la economía nacional, sino un objetivo prioritario de Europa.

Igual ocurre con “la gestión del régimen económico de la Seguridad Social”, pues es una función constitucionalmente exclusiva del Estado (artículo 149). No se puede romper, sin grave quebrantamiento de la igualdad y de la justicia social la agencia única de la Seguridad Social. El día que 18 Gobiernos puedan decidir sobre la recaudación y la disposición de los fondos de la Seguridad Social se habrá terminado no sólo la igualdad de prestaciones, sino el estado de bienestar.

Me parece plausible que se promueva nuestro derecho foral, y que se potencie en medios y eficacia los Tribunales Superiores de Justicia. El derecho foral se reconoce en orden a aquellas materias que no están en contradicción con el “derecho necesario” de carácter nacional dentro del marco de la Constitución. La consideración de esa correspondencia normativa no puede ser competencia del propio Tribunal Superior si no del Tribunal Constitucional. La fijación de la doctrina se ha de basar en el principio jurídico de “unidad de doctrina”. Esta para ser justa ha de fundamentarse en la igualdad de los ciudadanos españoles ante la ley y si ha de ser única no puede ser competencia más que de un solo tribunal, que es el Tribunal Supremo. El Consejo de Justicia no puede suponer la posibilidad de divergencia con el Consejo General del Poder Judicial, establecido en el artículo 122 de la Constitución siendo por tanto innecesario. La ruptura de la igualdad legal y de la unidad de doctrina llevaría consigo, en una sociedad tan interdependiente como la española, al caos.

Finalmente el ciudadano medio hubiera esperado un criterio de austeridad. Por el contrario ha primado la creación de nuevas estructuras, en algunos casos paralelas con la Administración central y el aumento de puestos como los diputados.

Se incluyeron en el Estatuto el Consejo Jurídico Consultivo, del que se amplía su plantilla; el Consell Audiovisual; el pretencioso Comité Valenciano para Asuntos Europeos; la discutida Acadèmia Valenciana de la Llengua; Consejo Valenciano de Cultura; la Junta de Seguridad; el Servicio Tributario Valenciano; el discutible Consejo de Justicia…

Sin duda, ante el incremento de funcionarios que han supuesto las Administraciones autonómicas; el coste desmesurado e incontrolado de las mismas; el déficit de la Generalidad Valenciana, que es el mayor de las comunidades autónomas…Lo que sin duda sí que es demanda de la ciudadanía es una racionalización de las plantillas, evitando dualidad de funciones concurrentes, y de los gastos y no lo contrario. Muchos nos preguntamos cuál es el coste económico del nuevo Estatuto, de todos los nuevos Estatutos y si vamos a poder soportarlo.

En fin, convendría reflexionar sobre todo esto. Alejarse de la actuación bajo la presión separatista, de la pugna por alcanzar mayores competencias a costa del Estado, de anteponer la reforma de los Estatutos a la de la Constitución.

Articul publicat en “Las Provincias”, el 10.8.2005.

cites

Los dialectos de la lengua lemosina son la catalana, valenciana y mallorquina. La catalana ha recibido muchos vocablos de la francesa; la valenciana, de la castellana; la mallorquina se llega más a la catalana por ser hija de ella. De todas las tres, la más suave y agraciada es la valenciana y no me lo hace decir la pasión
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